de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los eventuales derechos de terceros, este Órgano Jurisdiccional declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana VALENTINA POLANCO SORIANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, soltera y titular de la Cédula de Identidad Número V-23.230.795, de las bienhechurias construidas por la solicitante, sobre un lote de terreno de propiedad municipal, signada con el Nº 23, ubicadas frente al Bloque F, de la Urbanización Arrecife, jurisdicción de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del Estado Vargas, con un área de terreno de diecinueve metros con treinta centímetros (19,30 mts), de largo por doce metros con treinta centímetros (12,30 mts), de frente y cuyos linderos son: NORTE: Con Boque F de la Urbanización Arrecife; SUR: Con la quebrada de la calle Calzadilla; ESTE: Con casa que es o fue del señor Jefferson Abandono Toledo; y OESTE: Con casa que es o fue de la señora Ne.....