En consecuencia, por todo lo antes expuestos, ésta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Autorización para Ceder, el cien por ciento (100%) que le corresponde a los ciudadanos VICTORIA DE LOS ANGELES VALLES BASANTA y JESÚS DEL VALLE MILLAN FIGUERA, antes identificados, sobre la cuota de participación tipo "C" que forma parte del capital social de la "Asociación Civil "MIRADOR LOS SAMANES", el cual le da pleno derecho de propiedad de un apartamento residencial, situado en la Primera Etapa, edificio II, piso 10, apartamento Nº 10-1, del Conjunto Residencial "Mirador los Samanes" antes identificado, en consecuencia, AUTORIZA, suficientemente a la ciudadana EXPEDITA BASANT.....