Se considera procedente la conversión de Separación de Cuerpos en divorcio, de los ciudadanos: Consuelo Sabina de Bermúdez y Francisco Antonio Bermúdez Marín, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-12.866.542 y V-5.571.835, , respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha veinte (20) de noviembre de 1985, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catia La Mar, del Municipio Vargas del estado Vargas, según consta en Acta N° 151, inserta al folio 7 y vto del expediente.