Se decreta TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano EMILIO RAMÓN ORTEGA MIRENA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, divorciado y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.559.024, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Bienhechurías N° DCM-CEB-0004-2015, ubicadas en Mare Abajo, Sector Villa Mar, calle Las Flores, casa s/n, Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del estado Vargas, constituidas por una casa de 02 niveles de altura, distribuida de la siguiente forma: Planta Baja: 01 recibo, 01 comedor, 01 cocina empotrada, 01 baño con todos sus accesorios, 01 habitación, 01 garaje, paredes de bloques frisados, pisos de cemento revestido en cerámica, portón de aluminio, puertas de madera, ventanas basculantes, 01 escalera, techo de platabanda. Planta Alta: 01 balcón con balustras, 02 habitaciones con baños, 01 sala, 01 patio trasero, paredes de bloques frisados, piso de cemento revestido en cerámica, techo de acerolit y asbesto, sobre un terreno que no es pr.....