Este Tribunal declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ANTONIA CASTILLO ROCHE, ABIGAIL BLANCO CASTILLO, RODOLFO BLANCO CASTILLO y LUIS ENRIQUE BLANCO CASTILLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros.V-4.117.260, V-15.830.156, V-11.064.297 y V-14.768.085, respectivamente, con respecto del de cujus: ENRIQUE BLANCO, fallecido en fecha 28/08/2016, y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad número V-4.559.401, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. -