Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de Primera instancia del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la demanda intentada por las ciudadanas JOSEFA PIEDAD CAMPOMAR y NERY JOSEFINA TENIAS GONZALEZ, en contra de la empresa ALMACENADORA MERCADUANA LITORAL CENTRAL, C. A.