PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana: LESVIA YARE MARTINEZ MARIN, la cual corre inserta en los libros de Nacimientos llevados ante la Primera Autoridad Civil de la Caravaca del Municipio Vargas del Estado Vargas, la cual corre inserta al folio 234 vto, bajo el Nº 452, de fecha nueve (09) de Septiembre de mil novecientos setenta y seis (1.976).-
SEGUNDO: En consecuencia, se deberá estampar una nota marginal a la Partida de nacimiento antes señalada, en el entendido de que se deje constancia por el funcionario competente lo siguiente: En el lugar donde dice: ¿¿NELIDA ROSA MARIN DE MARTINEZ Y AGUSTIN MARTINEZ JIMENEZ siendo esto incorrecto, deberá decir: ¿¿ NELIDA ROSA MARIN de MARTIN y AGUSTIN JOSE MARTIN JIMENEZ que es lo cierto y verdadero.-
TERCERO: SIN LUGAR LA RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACICMIENTO DEL CIUDADANO AGUSTIN JOSE MARTIN JIMENEZ.-
CUARTO: Que una vez ejecutoriada la presente sentencia, se expedirán copi.....