Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal cuarto Unipersonal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, que lo ajustado a derecho es declarar CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA que se sigue en contra del ciudadano LUIS GONZALO GUERRERO ARENAS, de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha 25-10-1976, de 30 años de edad, casado, residenciado en la Avenida La Playa, Residencias Mar Leva, piso 2, apto 2-b, Estado Vargas y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.078.228, por cuanto el hecho que dio origen a la presente averiguación penal no es típico, de conformidad con el artículo 318, ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 108 ordinal 7 y articulo 11 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena Oficiar a la Divis.....