PRIMERO: ADMITE PARCIALMENTE LA ACUSACIÓN FORMULADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO, ESTO ES:
A.- ADMITE la calificación jurídica atribuida por la Fiscalía Novena del Ministerio Público, al acusado GOMEZ ZAMBRANO JOAQUÍN ERASMO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 5.639.256, nacido el día 16 de agosto de 1960, de 47 años de edad, de profesión u oficio Jubilado de la CANTV, casado, natural de San Cristóbal, estado Táchira, hijo de Erasmo Gomez Mendoza y Emma María Zambrano, residenciado en Barrio LA Guaira, calle principal N° B-8, San Cristóbal, estado Táchira, detrás del Cementero Municipal. Por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en su encabezamiento de la Ley Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
B.- ADMITE PARCIALMENTE LOS MEDIOS PROBATORIOS OFRECIDOS POR EL MINISTERIO PÚBLICO.
Queda así ADMITIDOS PARCIALM.....