DECLARA SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por los profesionales del derecho DESIREE BOADA GUEVARA, DANILO JAIMES RIVAS y SIN SUN LEON RAMIREZ, en su carácter de defensores de los imputados JESUS FUNG LEON, JAIRO ALEXANDER BURGOS VERGARA y JOSE GREGORIO SALCEDO, en contra de la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada en fecha 19JUL2002, y NIEGA la nulidad solicitada con fundamento en los artículos 44 numeral 1° y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 125 ordinales 1°, 5°, 7° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO : DECLARA IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho ADAN RAFAEL NAVAS NIEVES, en su carácter de defensor del imputado IGOR NATERA SOSA, en contra de la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada en fecha 06AGO2002, visto que no llena las expectativas de los artículos 435, 436 y 448 del Código Orgánico Procesal Penal .
TERCERO : DECLARA SIN LUGAR .....