En consecuencia, esta Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y sustanciación del Circuito Judicial del Estado Vargas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley y sobre la base del Interés Superior del Niño, consagrado en el artículo 8 de la precitada Ley, AUTORIZA al niño, de nacionalidad venezolana, de este domicilio, de once (11) años de edad, nacido el 27 de septiembre de 2005, estudiante, titular de la cedula de identidad V- 31.201.103 y del pasaporte Nº 120338535, para viajar en compañía de su progenitora la ciudadana JESSICA MILITZA ESTEVES SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.058.016, con destino a Santo Domingo Republica Dominicana, con fecha de salida el día 06 de octubre de 2016 por y retornara a Venezuela, igualmente con la madre antes identificada, el día 09 de octubre de 2016 con salida del Aeropuerto Int.....