En razón de todo, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
ÚNICO: LA PROCEDENCIA DE LA EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 23 de marzo de 2011, debiendo el demandado HACER ENTREGA a la demandante del área del inmueble arrendado que destina como negocio de carpintería, ubicado en la calle 10, con Pasaje Cumaná N° 0-12, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, estado Táchira, libre de personas y cosas, no pudiendo ejercer en el mismo actividad comercial alguna pues ocupará solo el área donde se evidenció que tiene su residencia, en la cual continuara en aras de salvaguardarle al demandado, ciudadano GONZALO TAPIAS PEÑA, el derecho a la vivienda, debiendo la parte actora en todo caso a los fines de materializar la entrega del área que ocupa como residencia, tramitar lo c.....