PRIMERO: CONDENA al ciudadano FROILAN SILVANO GAMES JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad nº V-21.192.033, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES EJECUTADO EN LA MODALIDAD DE ABERRATIO ICTUS, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1º del Código Penal concatenado con el artículo 68 eiusdem, cometido en perjuicio de la lactante que en vida respondiera al nombre de Greibielys Nazareth Borges Semeria, de seis meses de edad, concatenado con el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en su oportunidad contra el ciudadano FROILAN SILVANO GAMES JIMÉNEZ. TERCERO: Asimismo, se le condena a cumplir la pena accesoria establecida en el artículo 16, ordinal 1º del Código Penal (inhabilitación política durante el tiempo de la condena). CUARTO: Se exime del pago de las costas procesales de conformidad con lo esta.....