Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Dra. Sonia Angarita, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y en consecuencia ACUERDA a partir de la presente fecha, protección por el lapso de tres (03) meses, a la ciudadana VIOLETA DE CARMEN VALLE LEAL, así como a los ciudadanos LAURA RODRIGUEZ, KEVIN RODRIGUEZ, NEIKER LOPEZ Y VIOLEXIS LOPEZ Y MOISES RODRIGUEZ, grupo familiar de la ciudadana antes mencionada, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal, medida que ha de ser ejecutada bajo los parámetros arriba explanados.