En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena a FRANCISCA HERNISSE JAHANA MARIA, de nacionalidad Neerlandesa, natural de Curazao, Antillas Neerlandesas, nacida en fecha 20 de Enero de 1985, de 23 años de edad, de estado civil soltera, de oficio Bartender, hija de Sitnye Zimmermann (v) y Filomena Francisca (v), residenciada en Marconia Strac N° 4, Curazao y portadora del pasaporte del Reino de los Países Bajos Nro. NE9006613, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de Veintinueve (29) DIAS.