En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano ANDER ALEJANDRO MANZO RODRIGUEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 16 de Noviembre de 1985, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio ayudante de gandola, hijo de Florencio Manzo (v) y María Reyes (v), con domicilio en Playa Grande, calle 1, al lado del Hotel Miramar Suite, Catia La Mar, estado Vargas, teléfonos: 0412-5885519 ¿ 0412-0163670 y titular de la cédula de Identidad N° V-17.154.267, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.