este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto al ciudadano MORENO CAMARGO EFREN RAMON, Venezolano, titular de la cedula N° V-10.178.561, natural de San Antonio del Táchira Estado Táchira, nacido en fecha 26/06/1970, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, por los delitos de ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES LEVES previstos y sancionados en los artículos 460 y 418 del Código Penal. En consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.