PRIMERO: Condena al ciudadano acusado ANDRES DAVID MANUEL TRIANA, como queda escrito, ANDRES DAVID MANUEL TRIANA, Colombiano, titular del Pasaporte de la República de Colombia N° CC1107041786, natural de Cali, nacido en fecha 26-07-1980, de 27 años de edad, de profesión u oficio empleado de distribución de pescado, de estado civil casado, hijo de Julio Romero y Piedad Tirana, residenciado: en Holanda a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por ser autora en la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos, y en virtud de la aplicación de la disposición contemplada en el artículo 376 del código adjetivo penal vigente como lo es la Admisión de Hecho, se computa com.....