En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REFORMA EL CÓMPUTO DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme a la Ciudadana ANA FRANCISCA MIESES MARIA, arriba identificado, al comprobarse la existencia de un error material en el cómputo realizado en fecha 11 de Junio de 2007, conforme a lo previsto en el artículo 482, último aparte, del Código Orgánico Procesal Penal.