En mérito de las anteriores consideraciones, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas Adolescentes en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA el viaje del niño de ocho (08) años de edad, para que viaje en compañía de sus tíos ANGELA YOSNEILA IBARRA MEJIAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.025.044 y XAVIER ALEXANDER RODRIGUEZ HIDALGO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-16.726.165, CON FECHA DE SALIDA 11/06/2016, CON UN ITIRINARIO DE VUELO CM 220, CARACAS PANAMÁ, PANAMÁ SANTIAGO DE CHILE, POR LA AEROLÍNEA COPA AIRLINES, RETORNANDO CON UN ITINERARIO DE VUELO PANAMÁ CARACAS EL DÍA 18/06/2016, A TRAVÉS DE LA LÍNEA AÉREA COPA AIRLINES.....