En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano VEGA CASTRO ANTONIO, nacionalidad Española, nacido en fecha 17 de Septiembre de 1956, de 52 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio carpintero, hijo de Antonio Vega Escanilla (v) y de María del Pilar (f) titular del Pasaporte N° BF240600 y domiciliado en Principe de Diana N° 64, Tercer piso, Levida, España, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.