En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena a REINALDO ALEJANDRO GONZALEZ BANDES, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 20 de Enero de 1986, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Reinaldo González (v) y Carmen Bandes (v), residenciado en Sector Las Flores, Parte Alta, cerca de una bodega de nombre Lagarto, Estado Vargas y titular de la cédula de Identidad Nro. V-17.079.525, de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de Catorce (14) Días y Doce (12) Horas