DECRETA: AUTO DE EJECUCION DE SANCION al joven IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34, de la Ley especial de Drogas, le impone la sanción de Libertad Asistida y Reglas de Conducta, ambas por un lapso de seis (6) meses, a cumplir, simultáneamente, todo ello de conformidad con el articulo 620 literales b, c y d y 626, 625, 624, y 622, Parágrafo Primero, todos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.