PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación intentado por los profesioales del derecho Dres. JOSE GREGORIO VIVAS RAMIREZ y ALBERTO MANUEL BARROSO, en su carácter de defensores del imputado CARLOS EDUARDO CASTILLO CORDERO, contra la decisión dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual acuerda la Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el Ciudadano CARLOS EDUARDO CASTILLO CORDERO, por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
SEGUNDO: CONFIRMA en los términos expuestos la decisión pronunciada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en la Audiencia c.....