PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente solicitud de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana GABRIELA IVETTE RODRÍGUEZ USECHE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.550.326, en beneficio de la niña GRECIA DANIELA FUENTES RODRIGUEZ, identificada con la Partida de Nacimiento N° 17, de fecha 04 de Enero de 1.996, expedida por la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, por lo tanto el ciudadano ADOLFO JOSE FUENTES CAMACHO, anteriormente identificado, deberá cancelar la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 160.000,00) mensuales, y el doble como cuota especial para los gastos escolares y decembrinos en los meses de agosto y septiembre, los cuales deberá cancelar los cinco primeros días de cada mes. Dicha cantidad la depositará en una cuenta de ahorros que para tal fin se abrirá en este Tribunal a nombre de la referido niña, una vez quede firme la presente sentencia.
Notifíquese.....