Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA REFERIDA AL DESTACAMENTO DE TRABAJO, acordada por este Tribunal en decisión de fecha 01/04/2011 el penado JHON KELVY CALDERON ECHARRY, quien es Venezolano, natural de la Guaira, nacido en fecha 16-09-1986, de estado Civil soltero, profesión u oficio obrero, residenciado en la Urbanización Paéz, bloque 2, piso 4, apto, letra C, parroquia Catia la Mar, identificado con la Cédula de Identidad Nro. V.-18.140.105 y ordena su APREHENSIÓN, a los fines de que cumpla su pena recluida en establecimiento carcelario. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, al haber incumplido injustificadamente las obligaciones a las que se comprometi.....