IV
DECISISON
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación formulado por el recurrente ciudadano BRUNO DI ROCCO DI BASILIO, titular de la cédula de identidad Nº 6.465.422, a través de su apoderada judicial Abogada BETSY MENDOZA CORREDOR, inscrita en el inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 33.998. Segundo: SE CONFIRMA, en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada en fecha 6 de diciembre de 2011, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en revisión de sentencia por disminución de obligación de manutención propuesta por el hoy recurren.....