ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado GILBERTO PIÑERO, en su carácter de Defensor Público del ciudadano ISAUL ALEJANDRO PEREZ CASTILLO, en contra de la decisión dictada en fecha 14 de Octubre de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le decretó al precitado ciudadano la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, en relación con los numerales 2, 3 y parágrafo primero del artículo 251, y artículo 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, LESIONES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 ejusdem y SECUESTRO BREVE, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión.