DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, con sede en Macuto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición presentada por el profesional del derecho Dr. VICTOR YEPEZ PINI, Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, en la causa signada con el Nº WJ01-X-2008-000021, nomenclatura de ese Órgano Jurisdiccional, seguida a la ciudadana CARLA JOSEFINA MARTÍNEZ IRIARTE, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 89 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, déjese copia debidamente certificada, remítase copia de la misma al Juez inhibido y remítase el presente Cuaderno de Incidencias a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Pen.....