DECRETA LA CONVERSIÓN DE LA PENA QUE LE RESTA POR CUMPLIR al ciudadano CARLOS ALBERTO ACOSTA NIEVES, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 02-11-1976, de estado civil Soltero, de profesión u oficio ayudante de albañilería, titular de la cédula de identidad Nro. 16.286.525, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del Código Penal, motivo por el cual el mencionado ciudadano, quedará en la obligación de residir en Calle Paralela 1, Modulo # 23 ¿A, S/B, Base Libertador, Palo Negro, Estado Aragua, con un régimen de presentación semanal por ante el Registro Civil de Palo Negro, Estado Aragua, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 ejusdem, por el lapso de CINCO (05) MESES y CUATRO (04) DIAS, correspondiente a la pena que le resta por cumplir, es decir hasta el 16/07/2009.