MODIFICA la decisión de fecha 25/01/2013, dictada por el Juzgado Primero Circunscripcional, en la que decretó LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano JOSE ISRAEL HENRIQUEZ DIAZ, titular de la cédula de identidad número V-11.063.704, por la presunta comisión del delito de PECULADO DOLOSA, tipificado en el artículo 52 de la Ley Contra la Corrupción y, en su lugar se IMPONE la MEDICA CAUTELAR SUSTITUTIVA prevista en el artículo 242 numeral 8, en relación con los artículos 244 y 246, todos del Código Orgánico Procesal Penal, pero por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE FUNCIONES, tipificado en el artículo 71 de la Ley contra la Corrupción, ello por encontrase satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los defensores privados.