ABSUELVE al ciudadano NESTOR LOPEZ URBINA, quien es de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, Fecha de Nacimiento 09-03-84, de 20 años de edad, de Estado Civil Soltero, de Profesión u Oficio obrero, Residenciado en San Antonio, vereda 6, casa 5, El Tigrito, Estado Anzoátegui, Titular de la Cédula de Identidad No. 17.555.481, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en el ordinal 7° del artículo 108 eiusdem. SEGUNDO: Se ORDENA la LIBERTAD PLENA de NESTOR LOPEZ URBINA.