Por las razones expuestas, éste Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera: PROCEDENTE DECLARAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes de los ciudadanos: JESUS EDUARDO RODRIGUEZ CRESPO Y ALBEANNY KARIM AGUILAR CAMPOS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de Identidad Nros°: V-16.508.232 y V-17.758.617, respectivamente, en consecuencia se declara: DISUELTO el vinculo conyugal que los une, contraído el día 21 de Febrero de 2014, por ante el Registro Civil de la Parroquia Urimare, del Municipio Vargas del estado Vargas.