PRIMERO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 11 de Octubre de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los ciudadanos JEFERSON DOMINGO RAMOS MURO, titular de la cédula de identidad Nº V-16.309.777, JOSE FELIX HERRERA REVENGA, titular de la cédula de identidad N° V-22.278.979, MARIBEL DEL CARMEN DIAZ LARES, titular de la cédula de identidad N° V-10.442.095, LEOMARY CHIQUINQUIRA DIAZ LARES, titular de la cédula de identidad N° V-24.406.914 y LEANDRO MANUEL DIAZ LARES, titular de la cédula de identidad N° V-25.488.022, como COAUTORES DEL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION, ALEVOSIA y por medio de INCENDIO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1, en concordancia con el artículo 83, ambos del Código Penal, USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de .....