OTORGA EL REGIMEN ABIERTO en la ciudad de Caracas, al ciudadano BOLIVAR JUAN JOSE, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Sabana Estado Vargas, donde nació el 12-08-72, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 10.189.679, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo pernoctar el citado ciudadano en el Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. FRANCISCO MENDEZ UROSA", ubicado en la esquina de Navarrete Maiquetía Estado Vargas, obligándose al mismo a cumplir las condiciones establecidas en la presente decisión.