Con lugar la cuestión previa consagrada en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a que el presente asunto debe acumularse a otro proceso por razones de conexión. En consecuencia, acumúlese la presente causa al juicio que por nulidad de asamblea siguen NELLY ARGUELO OLIVEROS y GRICETTE GABRIELA GUTIERREZ ARGUELO, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL INFINIT ELECTRONIC DE VENEZUELA C.A., ante el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, bajo el Nro.21599.