En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN DE LA PENA, impuesta en sentencia firme al ciudadano penado WILLIAM JOSE MARIN, quien es de nacionalidad Venezolana, lugar de nacimiento la Guaira, nacido en fecha 28-08-1983, de estado civil soltero, hijo de Norbelia Susana Marín, residenciado sin residencia Indigente, Estado Vargas y titular de la cédula de identidad Nro. V.-18.586.327, mediante la cual se le condeno a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, CINCO (5) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal.