ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Penal CARMEN EMPERATRIZ RODRIGUEZ, en su carácter de defensora del ciudadano JOSE GABRIEL ANGULO CAICEDO, en contra de la decisión dictada en fecha 30 de diciembre de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad al mencionado imputado, por considerar que se encuentran llenos los extremos exigidos en el artículo 250 numerales 1, 2 y 3 en relación con el numeral 2 y parágrafo primero del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos 458 del Código Penal