En consecuencia, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley PRIMERO: DECRETA CUSTODIA PROVISIONAL de los niños y el adolescente de seis (06), siete (07), once (11) y trece (13) años de edad respectivamente, para ser ejecutada en el hogar de su progenitor, ciudadano LUDWING ENRIQUE SALAZAR SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.998.074, domiciliado en Marapa Piache, Sector 2, casa N° 58, Catia la Mar, estado vargas, teléfono 0426-9077371, con el objeto de preservar los derechos y garantías de los niños y adolescente antes mencionados. SEGUNDO: SE DECRETA Medida Preventiva de Arraigo o Prohibición de Salida del País de los niños y del adolescente anteriormente identificados; todo ello conforme a lo establecido en el .....