DISPOSITIVA
	Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos
       PRIMERO: Se ADMITEN los recursos de apelación interpuestos el primero por el profesional del derecho ABG. LENIN DEL GUIDICE GALEANO, en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos LEANDNEMY DEL VALLE MARCANO BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.486.165, JORGE LUIS MONROY CUEVAS, titular de la cédula de identidad Nº V-27.163.891, SUDELINA JOSEFINA SUAREZ BOLIVAR, titular de la cédula de identidad Nº V-13.672.381, LUZBAUDI CARABALLO DE MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-12.866.921, y YENNIFER OMAIRA VERA TERAN,.....