Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL de conformidad con lo establecido en el Artículo 48 Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal y el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de AURA QUINTERO GALAVIS, venezolana, con Cédula de Identidad N° V-13.972.752, residenciado en Bramón, Calle Los Ochoas, Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Intencionales, previstas y sancionadas en el Artículo 418 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas MAYULY DIAZ GONZALEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 13.302.130, domiciliada en la Ovejera Parte Alta, casa sin número de color blanco con puertas de madera, parroquia Bramón Rubio, Estado Táchira, de conformidad c.....