PRIMERO: CON LUGAR LA OPOSICIÓN interpuesta por la abogado NANCY ESPERANZA MORENO RANGEL, titular de la cédula de identidad N° V-9.462.399, con carnet del Inpreabogado N° 38.783, representante de la República Bolivariana de Venezuela, quien actúa en sustitución del Gerente Jurídico Tributario (E) del SENIAT, quien a su vez obra en sustitución de la ciudadana Procuradora General de la República; en consecuencia se declara INADMISIBLE POR FALTA DE ASISTENCIA DE ABOGADO, el Recurso Contencioso Tributario ejercido por el ciudadano MILTON ANTONIO CANTOR RAMIREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.136.616, en su carácter de Propietario de la Firma Personal "FABRICA DE TABACOS LA INDIA TIBISAY", debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 25 de Marzo de 1999, e inserto bajo el N° 109, del Tomo 3-B, Primer Trimestre de los libros respectivos, y domiciliado en la calle 11, Vereda 12, N° 11-38, Barrio La