declarar SIN LUGAR, la solicitud de Libertad Inmediata interpuesta por la defensa de las imputadas MARIA VIRGINIA PINTO CIDALE PASSOS, MARIA MARGARIDA DA SILVA MENDES y MARIA ANTONIETA PERREIRA SOAREZ AMARAL, todo de conformidad con los artículos 1, 12, 250, 251 del Código Orgánico Procesal Penal y la sentencia No 2973 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 4-11-2003, la Sentencia de la Sala Constitucional con Ponencia del Magistrado DR. ANTONIO J. GARCIA GARCIA, de fecha 05 de Agosto de 2003 y el criterio establecido por el Magistrado Pedro Rafal Rondon Haaz, en su voto concurrente en la Sentencia No. 04-0939 de la Sala Constitucional de fecha 20 de Octubre de 2004.