DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía Octava del Ministerio Público, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: ALEJANDRO JOSE CASTILLO MEDINA, venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, natural de La Guaira, titular de la cédula de identidad Nº V-17.587.572, residenciado en el sector Mamo, calle Los Tubos, casa Nº 35, Catia La Mar, Estado Vargas, por NO EXISTIR FUNDADAMENTE LA POSIBILIDAD DE INCORPORAR NUEVOS DATOS A LA INVESTIGACION, conforme a lo establecido en el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Ordena el Cese de las Medidas cautelares sustitutivas.....