DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado DENNYS MALDONADO, en su carácter de Defensor Público Octavo Penal del ciudadano VELMAX ENRIQUE RODRIGUEZ DIAZ, contra la decisión de fecha 7 de septiembre 2012, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control Circunscripcional, en la cual dictó los siguientes pronunciamientos: "...DECRETAR LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado VELMAX ENRIQUE RODRÍGUEZ DÍAZ, plenamente identificado al inicio de la presente acta, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, del Código Penal, hecho cometido en agravio de la persona quien en vida respondiera al nombre de CARLOS JOSE GUZMAN y por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, en concordancia con el artículo 80, segundo aparte, ejusdem, hecho cometido en agravio de los ciudadan.....