DISPOSITIVA.-
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre del República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ACUERDA el pedimento formulado por el penado JOSÉ IGNACIO POMPA GARCIA, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 06-01-1976, de 36 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio funcionario policial, hijo de Juan Yolanda García López (v) y de Jesús Félix Pompa (v), titular de la cédula de identidad número V-12.461.867, residenciado en Arrecife, Catia La mar, Bloque Milenium, Torre D, PB, Apto D-6, mediante el cual solicita se le extienda el régimen de presentaciones todo de conformidad con los artículos 250 y 471, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se extiende el régimen de presentaciones impuesta, por lo que el referido penado debe presentarse cada trei.....