En base a lo anteriormente descrito, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme dictada por la Corte de Apelaciones en fecha 12 de Febrero de 2008 seguida a la ciudadana LOURDES TORRES, titular de la cedula de identidad N° 81.491.832, de nacionalidad Dominicana, nacido en fecha 16-05-1965, de 40 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Cocinera, residenciado en: Avenida Lecuna, de Velásquez a Miseria, Residencias San Luís, Piso 01, Apto 18, Santa Rosalía Caracas, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 470 numeral 6º y 471 numeral 6º, ejusdem.