DISPOSITIVA.
Con base a los anteriores razonamientos, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: DECLARA INOFICIOSO LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el ciudadano ABG. ELIO DANIEL MUSTIOLA RIZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.776, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano EDWAR JAVIER GONZALEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V.-28.184.348, en contra de la decisión dictada en fecha en fecha 28 de marzo de 2025, por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, mediante la cual decretó la medida judicial preventiva privativa de libertad a su asistido, de conformidad con los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, 237 y 238 todos del Código Orgánico Procesal Penal, y POR CAU.....