DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano JORGE ENRIQUE VIEIRA GONCALVES Venezolano, natural de Caracas, nacido el 12/07/1978 de 34 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.044.922, de estado civil Divorciado, de profesión u oficio Funcionario Policial, hijo de Jaime Vieira (v) y de María de Vieira (v), domiciliado en Sector Canaima, La Planada, parte alta, casa Nª 39, 10 de Marzo, adyacente a la Iglesia Católica Inmaculada Concepción, Parroquia Carlos Soublette, Catia La Mar, estado Vargas, conforme a lo previsto en el artículo 471 encabezamiento, en concordancia con los artículos 474, 483 y 488, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, .....