"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del negocio jurídico celebrado por los ciudadanos LUIS ALBERTO ESCALANTE CONTRERAS, LUISANA ANDREA CONTRERAS MORALES y JOSE JOAQUIN NUÑEZ MORELO, venezolanos, solteros, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 28.704.278, V-28.704279 y V-26.066.029, en su orden respectivo, domiciliados en Coloncito, municipio Panamericano del Estado Táchira y civilmente capaces, firmado en fecha 14 de marzo de 2025, pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia, se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS. Así se decide, siendo las dos horas de la tarde (02:00 p.m.), del día de hoy viernes veintiuno (21) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Se ordena expedir el desglose del documento privado objeto de legal.....